MORALES Y GIL LAVEDRA SOBRE LA EXCARCELACION DE REPRESORES
“Como lo advertimos hace casi dos años, la falta de una legislación para agilizar las causas vinculadas a la violación de derechos humanos ha posibilitado la excarcelación de los represores”, aseguró el titular de la UCR, Gerardo Morales.
Morales, quien repudió la resolución de la Cámara de Casación Penal que ordenó la liberación de varios militares procesados por delitos de lesa humanidad, ejemplificó que “Alfredo Astíz y Jorge ´el Tigre´ Acosta son dos de los más siniestros los personajes de la última dictadura militar que hoy encuentran en un vacío legal un camino para conseguir su libertad”.
El Radicalismo presentó en Mayo de 2007, un proyecto de ley con el propósito de garantizar la efectiva vigencia de los derechos humanos introduciendo en la normativa vigente las modificaciones que necesarias. “Completar el cumplimiento del deber de una generación, establecer definitivamente lo ocurrido durante un período trágico sin tolerar que la impunidad o la sospecha infundada reemplace el esclarecimiento de la verdad”, fundamenta la iniciativa.
Los especialistas Ricardo Gil Lavedra y Andrés D´alessio fueron convocados por el Comité Nacional de la UCR para la redacción de la iniciativa que no ha sido aún considerada por el oficialismo en el Congreso. “Porque lleva la firma de la UCR, la soberbia kirchnerista no quiso nunca debatir este proyecto. Hoy lo estamos lamentando”, agregó Morales.
Ricardo Gil Lavedra, por su parte, añadió que “siempre impulsamos la modificación al Código Procesal Penal de la Nación, para evitar el colapso del millar de causas en los Juzgados Federales y procurar así la Justicia que la Argentina democrática merece”.
“El procedimiento criminal común es inadecuado para poder atrapar la complejidad que tienen estos episodios, que están cometidos en distintas jurisdicciones, jueces diferentes reclaman su competencia y hay una enorme cantidad de víctimas y de querellantes” explicó Gil Lavedra.
“Estos delitos tan graves, que hieren la conciencia de la comunidad toda, necesariamente deben ser juzgados bajo las reglas del debido proceso, que incluye hacerlo en un tiempo que no lesione las garantías del imputado. Su brevedad satisface los derechos de las víctimas que hace tantos años que claman por justicia y de los victimarios, dado que no se los puede tener indefinidamente en una situación imprecisa y de la sociedad que reclama poder cerrar con justicia esta etapa tan dolorosa para la historia argentina” concluyó el especialista.
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• Proyecto modificación al Código Procesal Penal por juicios de lesa humanidad [bajar archivo]
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