martes, 18 de marzo de 2008

TREN BALA: EL CAPRICHO DE CRISTINA

La Presidenta hizo el anuncio al adjudicar las obras a un consorcio liderado por el grupo francés Alstom y dijo: “es un gran paso para la Argentina”. Se llamará COBRA. Presencia del embajador y del secretario de Transporte de Francia. Cristina habló de tecnología y practicidad.

La Unión Cívica Radical (UCR) presentará la semana entrante un recurso extraordinario en la Corte Suprema de la Nación para frenar la construcción de Tren Bala.
El titular del radicalismo, senador Gerardo Morales denunció hoy que “para los jueces kirchneristas el Tren Bala en una construcción urgente”.
“Urgente no es el capricho de Cristina de Kirchner, urgente es el arreglo de los tren comunes que transporta a ciudadanos comunes como ganado desde Rosario a Buenos Aires” enfatizó el senador jujeño.

"Los 3.200 millones de dólares en el Tren Bala se podrían gastar 800 millones para levantar y mejorar el Belgrano Cargas, que pasa por 14 provincias argentinas, y 900 millones de dólares para mejorar el funcionamiento de los trenes del área metropolitana, entre otras inversiones” enumeró el titular de la UCR y agregó “también podrían invertirse en infraestructura para la educación que mucha falta le hace a todo el país”.
“Lo irracional de este proyecto tiene varias aristas: el llamado a licitación original en 2006 fue por 2.400 millones de dólares; con financiamiento en mitades entre la concesionaria y el Estado. Hoy estamos con un incremento de 1.200 millones de dólares y todo a cargo del Estado, sin condiciones técnicas suficiente”, dijo Morales.
El titular de la UCR anunció que la semana entrante concurrirá a la Corte Suprema de Justicia para presentar un Recurso Extraordinario, tras el rechazo de la Apelación realizada tras la negativa del Juez en lo Contencioso Administrativo, Guillermo Rossi, de hacer lugar a la Medida Cautelar interpuesta por Morales y el Diputado Nacional Alejandro Nieva en octubre del año pasado para frenar la construcción del Tren Bala.
LA UCR CONTRA EL TREN BALA EN LA JUSTICIA
En el mes de Octubre de 2007 Morales y Nieva, se presentaron ante la Justicia e interpusieron una Medida Cautelar contra el Estado Nacional, a efectos de que se suspenda el procedimiento licitatorio para el servicio ferroviario de Alta Velocidad en el corredor ferroviario Buenos Aires – Rosario.
Los argumentos de esta presentación se apoyan en en vistas de que el llamado a licitación y la consiguiente preadjudicación efectuada por la Secretaría de Transporte, violan palmariamente el Artículo 7 de la Ley de Obra Pública y configura un acto ilícito que contraria las reglas sobre el manejo de fondos públicos.
Se llamó a licitación sin que se contara con el crédito presupuestario, lo que configuraba desde el inicio un acto ilícito. Cuando se produce la preadjudicación el monto era exiguo en relación con el valor total del presupuesto oficial originario y llamativamente, en 2008 se pretende el crédito varíe y se incremente en forma exorbitante.
Posteriormente, analizado el proyecto de Presupuesto para el ejercicio financiero 2008, luce que intenta establecerse la afectación de recursos para financiar la obra por un total de 11.627 millones, monto que a todas luces casi triplica el valor contenido en el presupuesto original, oficial, aprobado y por el que se efectúa el pertinente llamado a licitación.
El 27 de Noviembre de 2007 el juez Rossi rechaza la presentación y resuelve “desestimar las actuaciones promovidas por Morales y Nieva, alegando fundamentalmente la Falta de legitimación de los actores”.
Tras esta negativa de la Justicia, se interpuso un Recurso de Apelación por ante la Cámara Nacional de Apelaciones del Fuero Contencioso Administrativo Federal, que toma la Sala IV, y con fecha 26 de febrero de 2008, es rechazado con los mismos argumentos utilizados por el Juez Rossi.
Además, dicha Sala incluyó otro argumento para la desestimación de la apelación “si bien la ley de Obras Públicas en su Artículo 7 establece que no puede llamarse a licitación ni adjudicarse obra alguna, ni efectuarse inversiones que no tenga crédito legal”, pero existe una excepción al principio respecto de “aquellas construcciones declaradas de reconocida urgencia”.

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