jueves, 9 de junio de 2011

Beneficios fiscales para clubes amateur

El Diputado Nacional Jorge Mario Alvarez (UCR – Santa Fe) solicitó que los montos retenidos a entidades deportivas amateur en concepto de impuesto a los débitos y créditos bancarios, puedan ser totalmente deducidos de las contribuciones patronales que deban realizar. Actualmente, dichas instituciones se ven perjudicadas con respecto al resto de los contribuyentes, quienes pueden tomar parte de lo abonado como pago a cuenta  del Impuesto a las Ganancias y Ganancias Mínimas Presuntas, tributos de los que los clubes se encuentran exentos.

La ley 25413, que instituye el impuesto a los débitos y créditos bancarios, en su artículo 4, establece la facultad al Poder Ejecutivo de establecer que el mismo se constituya como pago a cuenta total o parcial, para todos o algunos impuestos y  para las  contribuciones sobre la nómina salarial —con la única excepción de las correspondientes al régimen nacional de obras sociales.

Como consecuencia de dicha facultad, actualmente las empresas privadas y demás contribuyentes, pueden aplicar el 34% del impuesto sobre los créditos bancarios, a cuenta del impuesto a las ganancias y/o impuesto sobre la ganancia mínima presunta, indistintamente. Las entidades deportivas  gozan de la exención subjetiva sobre dichos impuestos y por consiguiente no pueden tomar pago a cuenta alguno.

A nadie escapa la importancia que tienen los clubes deportivos amateur, que además de cumplir una irremplazable función social, en  su gran mayoría, no perciben subsidio alguno por parte del Estado.

La mayor parte de los salarios son destinados al pago de profesionales para la formación de jóvenes y no puede dejarse de rescatar  la función de contención que desarrollan los clubes, alejando a los jóvenes de las calles y ocupándolos en actividades deportivas, culturales y sociales, lo que amerita que estas instituciones reciban un incentivo fiscal.

Para el legislador radical, es justo permitir que las entidades deportivas amateur, puedan utilizar como pago a cuenta de las contribuciones patronales correspondientes a su personal, la totalidad del impuesto a los débitos y créditos bancarios.

Alvarez, resaltó que la medida contribuirá a que dichas entidades deportivas inscriban a su personal,  eliminando o al menos disminuyendo la ocupación de personal no registrado, y por consiguiente el perjuicio que se les ocasiona al privarlos de aportes previsionales, cobertura de obras sociales, seguro de vida y asistencia por accidentes laborales. Asimismo elimina la situación de riesgo que esto significa para los propios clubes.

El beneficio que se propone para los clubes amateur, no solo provocará el incremento en la recaudación del impuesto a los débitos y créditos bancarios, sino también en otros tributos como el IVA y Ganancias, ya que la bancarización de las operaciones de los clubes provocará similar efecto en las operaciones de sus socios (cobros con débitos bancarios y con tarjetas de crédito y de débito) y en las de sus proveedores (a quienes se les pagará con cheques).

El efecto en la recaudación del Estado será mínima, en contraposición con el beneficio social que provoca y que si bien se comparte que deberían incorporarse otro beneficios como ser la desgravación total  de las contribuciones patronales y la devolución del IVA incorporado en las compras realizadas por los clubes, la presente propuesta es un paso adelante en defensa de estas instituciones.

El costo fiscal que la presente propuesta provoca en las arcas del estado, será en beneficio de la totalidad de los clubes amateur de nuestro país y garantiza la transparencia y equidad que no provocan algunos subsidios distribuidos discrecionalmente.          

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